Respuestas

1. ¿Cómo se tributa en caso de fallecimiento?

En caso de fallecimiento del Asegurado, el capital que recibe el Beneficiario tributa en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones. Si se trata del cónyuge o un familiar en primer grado del fallecido (hijo o padre), se tiene derecho a una exención de 9.195,49 € (cada Beneficiario) sobre el capital recibido.

2. ¿Con este seguro puedo ahorrar para pagar los estudios universitarios de mi hijo?

Con MGS Plan Ahorro Futuro puede empezar desde hoy a preparar el pago de la universidad de sus hijos, o cualquier otro gasto futuro que previsiblemente se producirá en la vida de sus hijos, matrimonio, compra de un piso, etc., ya que le permite planificar el ahorro periódico que mejor se adecue a su situación y recibir así un capital totalmente garantizado cuando sus hijos más lo necesiten.

3. MGS Plan Ahorro Futuro ¿es compatible con las modalidades MGS Ahorro Universal o MGS Plan Previsión Asegurado - PPA?

Los tres productos son totalmente compatibles y se combinan perfectamente a fin de satisfacer las necesidades de cada cliente.