Respuestas

1. ¿Puedo contratar un seguro SIALP, aunque tenga un depósito financiero SIALP en un banco, puesto que se tratan de productos diferentes?

Se trata de productos complementarios, y la normativa tan sólo permite disponer de un Plan de Ahorro a Largo Plazo de forma simultánea, por lo que deberá procederse a la movilización del producto bancario, e integración de todo el fondo acumulado en el nuevo Seguro SIALP contratado.

2. ¿Y si transcurridos los 5 años quiero mantener el ahorro?

Si no se dispone del fondo acumulado, al alcanzar el vencimiento de la póliza, podrá reinvertirse en un nuevo contrato, manteniendo la antigüedad y exención fiscal.

3. ¿Y si necesito mi ahorro antes?

Ningún problema. Se trata de un producto totalmente líquido, por lo que podrá rescatar su ahorro en las mismas condiciones que el resto de productos MGS Plan, tributando igual que en cualquier otro producto de ahorro asegurador o bancario.

4. ¿Qué rentabilidad me ofrece el seguro?

Se garantiza un atractivo interés para la primera anualidad, comunicando a partir de entonces, anualmente y de forma anticipada, el interés correspondiente a dicha anualidad.

En cualquier caso el Tomador tiene la garantía de un interés técnico mínimo que será de aplicación durante los primeros 10 años, y que conocerá de antemano al contratar el seguro.

5. ¿Qué garantía tengo en caso de fallecimiento?

El Beneficiario que usted designe en la póliza, percibirá un capital igual a la provisión matemática alcanzada en el momento de producirse el fallecimiento, incrementada en un 5%, con límite de 300 euros de incremento.

La prestación de fallecimiento estará sujeta al Impuesto de Sucesiones y Donaciones, según   normativa aplicable en su comunidad autónoma.